SCJN permite embargar Afore para garantizar pensiones alimenticias

La Suprema Corte autoriza embargos excepcionales de Afore para asegurar pensiones alimenticias cuando el deudor está desempleado y sin bienes.

Ricardo Velez · Hace 8 horas
SCJN permite embargar Afore para garantizar pensiones alimenticias

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) aprobó una medida que permite embargar hasta el 10 % de los ahorros en Afore para garantizar el pago de pensiones alimenticias a menores de edad. Esta decisión aplica únicamente en casos donde el deudor se encuentra desempleado y sin otros recursos disponibles, y debe ser autorizada por un juez tras un proceso judicial.

El fallo establece que el embargo comenzará con las aportaciones voluntarias del trabajador. Si estas no existen o ya fueron utilizadas, se podrá acceder a la subcuenta de retiro, cesantía en edad avanzada y vejez, respetando el límite legal equivalente al retiro por desempleo.

La Corte argumentó que, aunque la ley prohíbe embargos sobre estas subcuentas, el interés superior del menor debe prevalecer. Por ello, se permite esta excepción para asegurar el derecho a recibir alimentos, sin modificar el principio general de inembargabilidad.

Expertos como Moisés Pérez Peñaloza, de la consultora Yo Jubilado, señalan que el principal reto será demostrar que el deudor no posee bienes como terrenos, vehículos o ingresos informales. Además, se requerirá un mecanismo claro para notificar al IMSS o a la Afore sobre el monto a descontar.

La resolución marca un precedente importante en la protección de derechos infantiles. En México, tres de cada cuatro hijos de padres separados no reciben pensión alimentaria, según datos del Inegi, lo que evidencia la urgencia de medidas efectivas para garantizar este derecho.

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