¿Adiós a la doble nacionalidad? A quién afecta realmente la reforma aprobada por el Senado

El Senado aprobó la reforma de nacionalidad única para Presidencia y gubernaturas. Conoce a quién afecta, qué cambia y cuándo podría aplicarse.

Adolfo Flores · Hace 1 hora
El Senado aprobó con 86 votos a favor y 42 en contra la reforma de nacionalidad única.
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El Senado de la República aprobó una reforma constitucional en materia de nacionalidad única que obligaría a quienes aspiren a la Presidencia de México, una gubernatura o la Jefatura de Gobierno de la Ciudad de México a tener exclusivamente la nacionalidad mexicana. Pero atención: la modificación no elimina la doble nacionalidad para todos los mexicanos.

La reforma fue aprobada por el pleno del Senado con 86 votos a favor y 42 en contra y modifica los artículos 82, 116 y 122 de la Constitución. Tras su aprobación en ambas cámaras del Congreso de la Unión, la minuta fue enviada a los congresos estatales para continuar el procedimiento de reforma constitucional. 

El cambio establece que una persona con otra nacionalidad que quiera competir por alguno de esos cargos deberá renunciar a ella antes de solicitar su registro como candidata.

Además, durante el ejercicio del cargo no podrá adquirir otra nacionalidad, utilizar un pasaporte extranjero, ejercer derechos políticos derivados de otra ciudadanía ni acogerse a la protección diplomática de otro Estado. 

La modificación está prevista para aplicarse a partir del proceso electoral de 2028, siempre que se complete el procedimiento constitucional y posteriormente sea publicado el decreto correspondiente. 

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¿Qué aprobó el Senado sobre la doble nacionalidad?

El Senado aprobó una modificación constitucional que incorpora la nacionalidad mexicana única como requisito de elegibilidad para determinadas titularidades del Poder Ejecutivo.

Los cargos contemplados son:

  • Presidencia de la República.
  • Gubernaturas de los estados.
  • Jefatura de Gobierno de la Ciudad de México.

La reforma no establece que todos los mexicanos deban renunciar a una segunda nacionalidad.

Tampoco significa que una persona pierda automáticamente su nacionalidad mexicana por poseer otra.

La restricción se refiere específicamente a quienes quieran acceder a esos cargos ejecutivos. 

¿México prohibirá la doble nacionalidad?

No de manera general.

Ésta es probablemente la principal duda que genera la reforma.

Un ciudadano mexicano que también tenga nacionalidad estadounidense, española, canadiense o de cualquier otro país no tendría que renunciar a ella simplemente por la aprobación de esta modificación constitucional.

El cambio opera como requisito para aspirar a tres tipos de cargos:

Situación¿Le afectaría la reforma?
Mexicano con doble nacionalidadNo, por el solo hecho de tenerla
Aspirante a diputado federalNo por esta reforma
Aspirante a senadorNo por esta reforma
Aspirante a presidente municipalNo por esta reforma
Aspirante a la PresidenciaSí
Aspirante a una gubernaturaSí
Aspirante a Jefatura de Gobierno de CDMXSí

La iniciativa y el dictamen se concentran en las titularidades de los poderes ejecutivos federal y locales contempladas en los artículos 82, 116 y 122 constitucionales. 

¿Quién tendría que renunciar a su segunda nacionalidad?

Una persona que posea nacionalidad mexicana y otra nacionalidad tendría que renunciar a esta última si pretende registrarse como candidata a la Presidencia, una gubernatura o la Jefatura de Gobierno capitalina.

La renuncia tendría que producirse antes de solicitar el registro de la candidatura. 

Por ejemplo:

Una persona nacida mexicana que también tenga ciudadanía estadounidense podría conservar ambas nacionalidades en su vida cotidiana.

Pero si quisiera registrarse como candidata a gobernadora bajo las nuevas disposiciones, tendría que acreditar la terminación del vínculo jurídico correspondiente con la otra nacionalidad antes de su registro.

¿Qué pasaría con el pasaporte extranjero?

La reforma va más allá de exigir una renuncia previa a la segunda nacionalidad.

Para quien ocupe uno de los cargos contemplados también quedaría prohibido:

adquirir o solicitar otra nacionalidad, utilizar un pasaporte o documento de identidad expedido por un Estado extranjero, ejercer derechos políticos asociados a esa ciudadanía o acogerse a la protección diplomática de otro país.

El objetivo es que, durante el ejercicio del Poder Ejecutivo correspondiente, la persona mantenga exclusivamente el vínculo jurídico-político mexicano previsto por la reforma.

¿Qué artículos de la Constitución cambian?

La reforma modifica tres artículos constitucionales.

Artículo 82

Regula los requisitos para ocupar la Presidencia de la República.

Se incorpora la nacionalidad única entre las condiciones aplicables para quien aspire al cargo.

Artículo 116

Establece reglas relacionadas con los poderes de los estados.

La modificación incorpora el requisito para quienes busquen ser gobernadores o gobernadoras.

Artículo 122

Regula aspectos constitucionales de la Ciudad de México.

El nuevo requisito se aplicaría a quien aspire a ocupar la Jefatura de Gobierno de la CDMX.

Esos son los tres artículos incluidos en el dictamen aprobado por ambas cámaras. 

¿Cuándo entraría en vigor la nacionalidad única?

Aquí hay que distinguir dos fechas.

El régimen transitorio establece que el decreto entraría en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación, pero las nuevas condiciones de elegibilidad se aplicarían a partir del proceso electoral de 2028. 

Eso significa que la reforma no está diseñada para modificar las candidaturas de las elecciones locales de 2027.

¿La reforma ya está definitivamente aprobada?

El Congreso de la Unión ya aprobó el cambio, pero todavía debe completarse el procedimiento correspondiente a una reforma constitucional.

La Cámara de Diputados aprobó previamente el dictamen. En lo general obtuvo 344 votos a favor, 116 en contra y una abstención; posteriormente el Senado lo aprobó con 86 votos a favor y 42 en contra. 

Como modifica la Constitución, la minuta pasó a las legislaturas estatales.

Una reforma constitucional federal requiere además la aprobación de la mayoría de las legislaturas de los estados y de la Ciudad de México antes de que el Congreso pueda emitir la declaratoria correspondiente.

Por eso no conviene decir todavía que “México ya prohibió la doble nacionalidad para candidatos” como si todo el procedimiento estuviera concluido.

CDMX y Tabasco ya aprobaron la reforma

El proceso en los congresos locales ya comenzó.

El Congreso de la Ciudad de México aprobó la minuta con 44 votos a favor y 15 en contra. 

El Congreso de Tabasco también avaló la modificación, con 26 votos a favor y seis en contra. 

La minuta continuará su recorrido por las legislaturas estatales hasta alcanzar el número necesario para completar el procedimiento constitucional.

¿Por qué se propuso la nacionalidad única?

La iniciativa fue presentada por la presidenta Claudia Sheinbaum.

Al anunciarla, el Ejecutivo argumentó que quienes ocupen las principales titularidades del Poder Ejecutivo deben mantener exclusivamente la nacionalidad mexicana para colocar, desde esa perspectiva, el interés nacional por encima de cualquier otro vínculo jurídico con otro Estado. 

Durante la discusión legislativa, Morena y sus aliados respaldaron el planteamiento bajo argumentos relacionados con soberanía nacional.

La oposición cuestionó la medida y sostuvo que podría restringir derechos políticos de mexicanos con doble nacionalidad, particularmente de integrantes de comunidades migrantes. 

Son las dos principales posiciones que se confrontaron durante la discusión.

¿Qué pasa con los mexicanos que viven en Estados Unidos?

Tener doble nacionalidad y residir en Estados Unidos no obliga por sí mismo a renunciar a ninguna nacionalidad como consecuencia de esta reforma.

Una persona mexicana que también tenga ciudadanía estadounidense podría continuar manteniendo ambas.

La nueva condición entraría en juego si esa persona pretende competir por:

Presidencia de México, una gubernatura o Jefatura de Gobierno de la Ciudad de México.

En ese supuesto tendría que cumplir el requisito de nacionalidad única antes del registro de su candidatura. 

Éste fue precisamente uno de los puntos cuestionados por legisladores opositores, quienes argumentaron que la medida podría limitar las posibilidades de participación política de mexicanos con doble nacionalidad. 

¿También aplica para diputados y senadores?

No según el texto aprobado.

La reforma modifica los requisitos relacionados con las titularidades de los poderes ejecutivos contempladas en los artículos 82, 116 y 122.

No incorpora mediante esta reforma el mismo requisito para ser diputado federal o senador. 

Tampoco establece esta prohibición específica para presidencias municipales.

Esto permite entender por qué hablar simplemente de una “prohibición de la doble nacionalidad para políticos” sería impreciso.

Antes y después de la reforma

TemaSituación
Tener doble nacionalidad como ciudadanoContinúa permitido
PresidenciaSe exigiría nacionalidad mexicana única
GubernaturasSe exigiría nacionalidad mexicana única
Jefatura de Gobierno CDMXSe exigiría nacionalidad mexicana única
DiputacionesNo incorpora este requisito
SenadoNo incorpora este requisito
Presidencias municipalesNo incorpora este requisito
Pasaporte extranjero durante esos cargosQuedaría prohibido
Protección diplomática extranjera durante el cargoQuedaría prohibida
Aplicación electoralDesde 2028

Las disposiciones específicas están contenidas en las modificaciones a los artículos 82, 116 y 122 y en su régimen transitorio. 

¿Qué falta para que concluya la reforma?

El siguiente paso está en los congresos estatales.

Como se trata de una reforma constitucional, necesita el respaldo de la mayoría de las legislaturas locales.

Una vez alcanzado el número constitucionalmente requerido, el Congreso de la Unión podrá realizar la declaratoria correspondiente y continuar el proceso hacia su publicación.

CDMX y Tabasco ya se encuentran entre las legislaturas que han avalado la minuta. 

Por ello, durante los próximos días la historia seguirá generando actualizaciones.

Lo más importante

El Senado aprobó con 86 votos a favor y 42 en contra la reforma de nacionalidad única. 

La modificación no elimina la doble nacionalidad para todos los mexicanos.

El nuevo requisito se dirige a quienes quieran ocupar la Presidencia de la República, una gubernatura o la Jefatura de Gobierno de CDMX. 

Quien posea otra nacionalidad tendría que renunciar a ella antes de solicitar el registro como candidato.

Durante el ejercicio de esos cargos tampoco podría adquirir otra nacionalidad, utilizar un pasaporte extranjero, ejercer derechos políticos de otro país ni acogerse a su protección diplomática. 

La modificación está prevista para aplicarse electoralmente a partir de 2028. 

El procedimiento constitucional todavía continúa en los congresos locales.

Preguntas frecuentes

¿México eliminó la doble nacionalidad?

No. La reforma no obliga a todos los mexicanos con doble nacionalidad a renunciar a una de ellas. Establece un requisito para quienes pretendan ocupar determinadas titularidades del Poder Ejecutivo. 

¿Quién tendría que tener únicamente nacionalidad mexicana?

Quien aspire a la Presidencia de la República, una gubernatura o la Jefatura de Gobierno de la Ciudad de México. 

¿Qué pasa si un candidato tiene dos nacionalidades?

Tendría que renunciar a la nacionalidad distinta de la mexicana antes de solicitar su registro para alguno de los cargos contemplados por la reforma. 

¿También aplica a diputados y senadores?

Esta reforma no establece ese requisito para diputaciones o senadurías; las modificaciones aprobadas se concentran en las titularidades de los poderes ejecutivos federal y locales señaladas. 

¿Cuándo comenzaría a aplicarse?

El régimen transitorio establece su aplicación a partir del proceso electoral de 2028. 

¿Ya entró en vigor?

Todavía debe completarse el procedimiento de reforma constitucional ante las legislaturas locales y, posteriormente, la declaratoria y publicación correspondientes. 

¿Afecta a mexicanos con ciudadanía estadounidense?

No por el simple hecho de tener ambas nacionalidades. La restricción sería relevante si la persona pretende competir por la Presidencia, una gubernatura o la Jefatura de Gobierno de CDMX.

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