¿El SAT se retrasó con tu saldo a favor? Así puedes exigir compensación legal

Si el SAT no te devuelve tu saldo a favor en 40 días hábiles, la ley obliga a pagar intereses moratorios al contribuyente.

Ricardo Velez ·  30 DE JUNIO DE 2025
¿El SAT se retrasó con tu saldo a favor? Así puedes exigir compensación legal

En plena temporada de declaración anual, millones de contribuyentes esperan con ansias la devolución del saldo a favor. Pero cuando el SAT no cumple con los tiempos establecidos, la ley fiscal protege tus derechos… y también tu bolsillo.

De acuerdo con el artículo 22 del Código Fiscal de la Federación (CFF), el SAT tiene hasta 40 días hábiles para devolverte tu dinero, contados a partir del día en que presentaste tu declaración anual o solicitud de devolución. Este plazo se suspende si la autoridad solicita información adicional, pero el conteo se reanuda en cuanto entregas lo requerido.

¿Y si el SAT se pasa del plazo? Entra en juego el artículo 22-A del CFF, el cual establece el pago de intereses moratorios por la cantidad no devuelta a tiempo. Estos intereses se calculan con base en la tasa de recargos por mora, actualmente en 1.47% mensual, y se incrementan 50% por cada mes de retraso.

Factores como documentación incompleta, declaraciones atípicas o validaciones adicionales pueden alargar el proceso, por lo que es clave revisar a detalle tu declaración antes de enviarla.

En resumen:

  • El SAT tiene 40 días hábiles para devolverte tu saldo.
  • Si no lo hace, te debe pagar intereses.
  • La compensación está protegida por ley.

Así que si tu devolución se ha retrasado, no lo dejes pasar. Conoce tus derechos fiscales y exige lo que te corresponde.

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