SCJN frena obligatoriedad de consulta a discapacidad

La Suprema Corte detiene el criterio que exigía consulta previa a personas con discapacidad en toda legislación que las afecte.

Israel Pantaleon · Hace 3 horas
SCJN frena obligatoriedad de consulta a discapacidad

La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) suspendió la resolución que establecía la obligatoriedad de realizar consultas previas a personas con discapacidad en toda legislación que las afecte.

El máximo tribunal decidió revisar el alcance de este procedimiento, tras un debate que reavivó la discusión sobre la participación real y efectiva de este sector en los procesos legislativos.

La decisión surgió a raíz de la Acción de Inconstitucionalidad 182/2024, promovida por la Comisión Estatal de los Derechos Humanos de Michoacán (CEDHMO). El organismo argumentó que el Congreso local aprobó reformas sin consultar a niñas, niños, adolescentes y personas con discapacidad.

La ministra Lenia Batres Guadarrama presentó un proyecto que propone eliminar la obligatoriedad automática de estas consultas. Su planteamiento sostiene que las personas con discapacidad o sus organizaciones deben solicitar expresamente la consulta si consideran que una reforma las afecta.

Con este criterio, la Corte daría un giro respecto a su postura de los últimos años, cuando invalidaba normas aprobadas sin cumplir con la consulta previa. Esa práctica se había consolidado como una garantía de participación directa para grupos históricamente excluidos.

Batres explicó que la intención no es restringir derechos, sino precisar el alcance del deber legislativo. Argumentó que obligar al Congreso a realizar consultas en todos los casos podría generar retrasos innecesarios en la actividad legislativa.

Sin embargo, la propuesta generó preocupación entre especialistas y organizaciones civiles, que consideran que esta suspensión representa un retroceso en materia de inclusión y derechos humanos.

Defensores de derechos de las personas con discapacidad recordaron que México está obligado a cumplir la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad, la cual establece la consulta como un principio esencial para el diseño de políticas públicas y leyes.

Organismos como la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) han advertido que la consulta no debe entenderse como un trámite formal, sino como un mecanismo para garantizar la voz de las personas directamente afectadas por las decisiones legislativas.

La suspensión acordada por la Corte detiene la aplicación del criterio anterior mientras se analiza a fondo la validez del proyecto. En los próximos meses, el Pleno discutirá de manera definitiva si la consulta será un requisito obligatorio o voluntario.

Analistas constitucionales prevén que la decisión marcará un precedente sobre cómo el Estado mexicano interpreta la participación de grupos vulnerables en la creación de leyes.

Por ahora, la suspensión mantiene el debate abierto y refuerza la tensión entre la eficiencia legislativa y la inclusión efectiva de las personas con discapacidad en los procesos democráticos.

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