Sheinbaum firma reforma: candidatos deberán tener solo nacionalidad mexicana

La reforma constitucional exigirá nacionalidad mexicana única a quienes aspiren a la Presidencia, gubernaturas y Jefatura de Gobierno de CDMX desde los procesos electorales de 2028.

Adolfo Flores · Hace 1 hora
Sheinbaum firma reforma: candidatos con doble nacionalidad deberán renunciar a ella.
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La presidenta Claudia Sheinbaum firmó este miércoles 7 de octubre la reforma constitucional que establece la nacionalidad mexicana única como requisito para quienes aspiren a la Presidencia de la República, una gubernatura o la Jefatura de Gobierno de la Ciudad de México.

La disposición establece que las personas que tengan otra nacionalidad deberán renunciar a ella antes de solicitar el registro de su candidatura, en los términos que establezca la legislación.

Sin embargo, el nuevo requisito electoral no comenzará a aplicarse inmediatamente.

La reforma establece que sus disposiciones serán aplicables a partir de los procesos electorales de 2028.

El decreto será publicado este miércoles en el Diario Oficial de la Federación (DOF), después de completar el procedimiento de reforma constitucional en el Congreso de la Unión y obtener el respaldo de 22 legislaturas estatales.

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¿Qué establece la reforma sobre doble nacionalidad?

La reforma modifica los artículos 82, 116 y 122 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

El objetivo es establecer el requisito de nacionalidad única para quienes busquen encabezar los poderes ejecutivos federal y locales.

La disposición comprende tres cargos:

  • Presidencia de la República.
  • Gubernaturas.
  • Jefatura de Gobierno de la Ciudad de México.

Para aspirar a alguno de ellos será necesario cumplir con los requisitos constitucionales y no tener ni adquirir otra nacionalidad.

¿Qué pasa si un candidato tiene doble nacionalidad?

La reforma contempla expresamente esta situación.

Una persona que tenga una segunda nacionalidad podrá buscar alguno de estos cargos, pero tendrá que renunciar a la otra nacionalidad antes de solicitar formalmente el registro de su candidatura.

Esto significa que tener actualmente doble nacionalidad no elimina automáticamente los derechos políticos de una persona.

La restricción se establece como un requisito para quienes pretendan ocupar alguno de los cargos ejecutivos contemplados por la reforma.

¿A qué cargos aplica la nacionalidad mexicana única?

La modificación constitucional establece el requisito para:

CargoRequisito
Presidencia de MéxicoNacionalidad mexicana única
GubernaturaNacionalidad mexicana única
Jefatura de Gobierno de CDMXNacionalidad mexicana única

La disposición no establece este mismo requisito para todos los cargos de elección popular.

Su alcance se concentra en la titularidad de los poderes ejecutivos federal y locales especificados en los artículos constitucionales modificados.

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¿Cuándo entra en vigor el nuevo requisito?

Uno de los puntos más importantes es la fecha.

Aunque el decreto será publicado en el Diario Oficial de la Federación, el régimen transitorio establece que las nuevas disposiciones electorales serán aplicables a partir de los procesos electorales de 2028.

Por lo tanto, la reforma no debe interpretarse como una modificación inmediata de candidaturas previamente registradas.

¿Qué otras restricciones establece?

La reforma no se limita al momento del registro.

Quienes ejerzan los cargos contemplados tampoco podrán adquirir o solicitar otra nacionalidad durante su mandato.

Además, la modificación contempla restricciones relacionadas con:

  • El uso de pasaporte o documento de identidad expedido por otro Estado.
  • El ejercicio de derechos políticos derivados de otra ciudadanía.
  • Acogerse a la protección diplomática de otro país.
  • Invocar ante una autoridad extranjera una nacionalidad diferente de la mexicana.

El objetivo del nuevo marco constitucional es que quienes ejerzan estas funciones ejecutivas lo hagan bajo una única nacionalidad.

¿Quién aprobó la reforma?

La modificación constitucional tuvo que pasar por un procedimiento distinto al de una ley ordinaria.

La Cámara de Diputados aprobó el proyecto en septiembre y posteriormente lo remitió al Senado.

El Senado aprobó la reforma el 29 de septiembre de 2026 y la envió a los congresos estatales.

Al tratarse de una modificación a la Constitución, se requería también el respaldo de la mayoría de las legislaturas de las entidades federativas.

22 congresos estatales avalaron la reforma

El Senado realizó el cómputo de los votos de las legislaturas locales y contabilizó 22 congresos estatales a favor.

Con ello se cumplió el requisito constitucional necesario para continuar con la declaratoria correspondiente.

El Senado declaró la validez constitucional de la reforma el 6 de octubre.

Posteriormente continuó el procedimiento para remitir el decreto al Ejecutivo federal para su promulgación y publicación.

Sheinbaum firma la reforma este 7 de octubre

Durante la conferencia matutina de este miércoles, la Consejería Jurídica de la Presidencia informó que la reforma había completado el procedimiento constitucional.

La presidenta Claudia Sheinbaum firmaría el decreto este 7 de octubre para permitir su publicación en la edición vespertina del Diario Oficial de la Federación.

La publicación oficial constituye el paso necesario para incorporar formalmente las modificaciones a la Constitución.

¿La reforma elimina la doble nacionalidad en México?

No.

La modificación no elimina de manera general la posibilidad de que una persona mexicana tenga otra nacionalidad.

El cambio constitucional establece un requisito específico para quienes aspiren a determinados cargos públicos: Presidencia de la República, gubernaturas y Jefatura de Gobierno de la Ciudad de México.

Por lo tanto, la reforma debe distinguirse de una prohibición general de la doble nacionalidad para todos los ciudadanos mexicanos.

¿Qué sigue después de la publicación en el DOF?

El Congreso de la Unión tendrá que realizar adecuaciones a la Ley de Nacionalidad y a la legislación electoral dentro de los plazos establecidos en los artículos transitorios.

Las entidades federativas también deberán armonizar sus constituciones y legislación electoral.

Estos cambios permitirán establecer los procedimientos mediante los cuales se comprobará el cumplimiento del nuevo requisito.

Preguntas frecuentes

¿México prohibió la doble nacionalidad?

No. La reforma no prohíbe de manera general que los mexicanos tengan otra nacionalidad. Establece un requisito específico para quienes aspiren a determinados cargos ejecutivos.

¿Qué candidatos deberán tener únicamente nacionalidad mexicana?

Quienes aspiren a la Presidencia de la República, una gubernatura o la Jefatura de Gobierno de la Ciudad de México.

¿Qué pasa si un candidato tiene doble nacionalidad?

Tendrá que renunciar a la otra nacionalidad antes de solicitar su registro como candidato, conforme al procedimiento que establezca la legislación.

¿Cuándo comenzará a aplicarse?

Las disposiciones electorales de la reforma serán aplicables a partir de los procesos electorales de 2028.

¿También aplica para diputados y senadores?

La reforma a los artículos 82, 116 y 122 analizada aquí establece este requisito para Presidencia, gubernaturas y Jefatura de Gobierno de CDMX; no extiende esa misma regla mediante estas modificaciones a todas las candidaturas legislativas.

¿La reforma ya fue aprobada por los estados?

Sí. El Senado contabilizó el respaldo de 22 legislaturas estatales y declaró aprobada la reforma constitucional.

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