México ante la ONU: reconocen desapariciones y piden cooperación internacional

México y la ONU mantienen diferencias por las desapariciones. Conoce qué pidió el Comité y qué respondió el Gobierno federal.

Adolfo Flores · Hace 6 horas
México y ONU chocan por desapariciones: qué está en juego.
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La crisis de desapariciones en México volvió a colocarse en la agenda de Naciones Unidas, luego de que el Comité contra la Desaparición Forzada reiterara su solicitud para que la Asamblea General examine la situación del país y valore medidas de cooperación internacional.

Durante las intervenciones realizadas ante la ONU, representantes del Estado mexicano defendieron las acciones emprendidas para localizar a personas desaparecidas, mejorar los registros y fortalecer las investigaciones.

Sin embargo, persisten diferencias entre el organismo internacional y el Gobierno federal sobre la interpretación del artículo 34 de la Convención Internacional para la Protección de Todas las Personas contra las Desapariciones Forzadas.

La discusión ocurre en un contexto marcado por las exigencias de familiares y colectivos de búsqueda, quienes reclaman resultados en la localización de sus seres queridos, identificación de restos humanos y acceso a la justicia.

¿Qué pidió la ONU a México por las desapariciones?

El Comité contra la Desaparición Forzada considera necesario que la Asamblea General de Naciones Unidas examine la situación de México a partir de los mecanismos previstos en la Convención.

En abril de 2026, el Comité adoptó una decisión en la que identificó indicios fundados de desapariciones forzadas que podrían constituir crímenes de lesa humanidad, de acuerdo con el análisis realizado bajo el artículo 34.

El organismo también señaló la persistencia de prácticas de desaparición forzada y planteó la necesidad de movilizar cooperación internacional para enfrentar la crisis.

Esto no significa que Naciones Unidas haya emitido una sentencia penal contra México ni que haya declarado culpables a autoridades federales específicas.

La determinación del Comité tiene un alcance distinto: activar la atención de los órganos competentes de la ONU ante una situación que considera especialmente grave.

México reconoce desapariciones cometidas por grupos criminales y algunas autoridades

En la presentación del tema ante Naciones Unidas, el subsecretario de Derechos Humanos, Población y Migración, Arturo Medina Padilla, expuso la postura del Gobierno mexicano.

El funcionario sostuvo que las desapariciones del periodo actual están relacionadas principalmente con grupos de la delincuencia organizada y reconoció que también existen casos que involucran a autoridades municipales.

Esta distinción es relevante porque la desaparición forzada, en términos de la Convención internacional, implica la intervención de agentes del Estado o de personas que actúan con su autorización, apoyo o aquiescencia.

Por ello, no todas las desapariciones se clasifican automáticamente como desapariciones forzadas, aunque todas requieren búsqueda, investigación y atención a las víctimas.

El Gobierno mexicano ha insistido en que no existe una política federal dirigida a cometer desapariciones y rechaza que se atribuya al Estado una práctica generalizada o sistemática en los términos planteados por el Comité.

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¿Por qué existe una diferencia entre México y el Comité de la ONU?

El desacuerdo se concentra en la interpretación jurídica y en el alcance de la intervención internacional.

En su decisión de abril, el Comité sostuvo que existen elementos suficientes para llevar la situación mexicana a la consideración de la Asamblea General.

Por su parte, el Estado mexicano ha cuestionado esa interpretación del artículo 34 y ha defendido que no se cumplen los requisitos para considerar que existe una política estatal de desaparición forzada constitutiva de crímenes de lesa humanidad.

Es importante distinguir dos cuestiones.

La primera es la existencia de desapariciones y la obligación de investigarlas, un problema cuya gravedad reconocen las autoridades mexicanas.

La segunda es la calificación jurídica de determinadas prácticas como crímenes de lesa humanidad y el procedimiento internacional que debe seguirse.

La decisión del Comité no constituye, por sí misma, una declaración judicial de responsabilidad internacional del Estado mexicano.

Tampoco implica que el organismo haya determinado la existencia de una política federal orientada a desaparecer personas.

Gobierno reporta más de 16 mil personas localizadas en 2026

La Secretaría de Gobernación informó el 16 de octubre que durante 2026 se habían localizado más de 16 mil personas como parte de las acciones de búsqueda.

El dato fue presentado por Arturo Medina Padilla durante un encuentro en la sede de Naciones Unidas, en el que participaron autoridades mexicanas, organismos internacionales y representantes de la sociedad civil.

El Gobierno señaló que la estrategia incluye coordinación entre dependencias federales y estatales, revisión de registros, intercambio de información y fortalecimiento de herramientas de identificación.

Sin embargo, la cifra de personas localizadas no equivale necesariamente al número de víctimas de desaparición forzada rescatadas con vida.

Para interpretar correctamente el indicador es necesario conocer la metodología, los periodos considerados y el desglose de las localizaciones.

Asimismo, el número de personas localizadas durante un periodo no debe confundirse con el total de personas que continúan desaparecidas o no localizadas en el país.

¿Qué acciones de búsqueda presentó el Gobierno mexicano?

La administración federal expuso una estrategia que contempla medidas institucionales y tecnológicas para mejorar la localización de personas.

Entre las principales acciones destacan:

  • Búsqueda inmediata: iniciar acciones desde que se recibe un reporte, sin imponer un periodo de espera.
  • Investigación obligatoria: abrir una carpeta de investigación por cada reporte de desaparición, conforme a las reformas de 2025.
  • Centro de Mando Nacional: mantener coordinación operativa las 24 horas, todos los días.
  • Plataforma Única de Identidad: facilitar el intercambio de información útil para la localización.
  • Revisión de registros: mejorar las metodologías del Registro Nacional de Personas Desaparecidas y No Localizadas.
  • Fortalecimiento forense: ampliar capacidades de identificación humana y análisis genético.
  • Coordinación estatal: mejorar el intercambio de datos entre fiscalías, comisiones de búsqueda y otras instituciones.

La Secretaría de Gobernación también informó que especialistas nacionales e internacionales, con acompañamiento de la Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos, participan en la revisión metodológica del registro.

ONU reconoce reformas, pero pide resultados efectivos

En el encuentro organizado por México el 16 de octubre, representantes de la Oficina del Alto Comisionado de Naciones Unidas para los Derechos Humanos reconocieron las reformas legales y la prioridad que las autoridades federales han otorgado al problema.

No obstante, también subrayaron la necesidad de convertir los cambios normativos en resultados efectivos.

El señalamiento apunta a uno de los principales desafíos del país: garantizar que los mecanismos de búsqueda, investigación y atención a víctimas funcionen de manera consistente en todas las entidades federativas.

La cooperación técnica internacional puede contribuir a mejorar los registros, fortalecer las investigaciones y facilitar la participación de las familias.

¿Qué establece el artículo 34 de la Convención?

El artículo 34 permite que el Comité contra la Desaparición Forzada lleve una situación a la atención de la Asamblea General de Naciones Unidas cuando recibe información que, a su juicio, contiene indicios fundados de que la desaparición forzada se practica de manera generalizada o sistemática en un Estado parte.

Se trata de un procedimiento de supervisión internacional previsto en un tratado de derechos humanos.

Su aplicación no sustituye las investigaciones penales ni determina automáticamente la responsabilidad individual de funcionarios.

La Asamblea General puede examinar la situación y valorar las posibilidades de cooperación y asistencia internacional.

En el caso de México, el Comité ha planteado que la comunidad internacional contribuya a fortalecer la búsqueda, la investigación, la identificación forense y la protección de las personas afectadas.

Las familias buscadoras, en el centro de la discusión

Más allá del desacuerdo entre las autoridades mexicanas y el Comité, la crisis tiene consecuencias directas para miles de familias.

Las personas que buscan a sus seres queridos enfrentan obstáculos relacionados con la investigación de los casos, el acceso a expedientes, la identificación de restos humanos y la coordinación entre instituciones.

Las organizaciones de familiares han insistido en la necesidad de garantizar búsquedas efectivas, investigaciones independientes y protección frente a amenazas o agresiones.

La participación de las familias en los mecanismos de búsqueda es también uno de los puntos destacados por los organismos internacionales de derechos humanos.

El reto para las instituciones mexicanas consiste en que los compromisos y reformas anunciados se reflejen en localizaciones, identificación de personas, esclarecimiento de casos y acceso a la justicia.

¿Qué sigue para México ante la ONU?

El siguiente punto de atención será el tratamiento que los órganos competentes de Naciones Unidas den a la decisión del Comité y a las solicitudes de cooperación internacional.

Mientras tanto, el Gobierno mexicano mantiene su disposición al diálogo técnico con organismos internacionales, aunque rechaza la interpretación jurídica del Comité sobre el artículo 34.

La evolución del caso dependerá de las decisiones institucionales que se adopten y de los resultados verificables de las acciones de búsqueda e investigación.

Para las familias, la prioridad sigue siendo conocer el paradero de las personas desaparecidas y obtener respuestas de las autoridades.

Preguntas frecuentes

¿La ONU acusó a México de crímenes de lesa humanidad?

El Comité contra la Desaparición Forzada identificó indicios fundados que justifican, a su juicio, activar el procedimiento del artículo 34. Su decisión no constituye una sentencia penal ni determina por sí misma la responsabilidad internacional del Estado mexicano.

¿Qué respondió el Gobierno mexicano?

Rechazó la interpretación jurídica del Comité sobre el artículo 34, defendió sus acciones de búsqueda y reiteró su disposición a colaborar con organismos internacionales.

¿México reconoció la participación de autoridades en desapariciones?

Sí. Durante la exposición ante Naciones Unidas, el representante mexicano reconoció que algunos casos actuales involucran a autoridades municipales, además de los relacionados con grupos criminales.

¿Cuántas personas han sido localizadas en 2026?

La Secretaría de Gobernación reportó más de 16 mil localizaciones durante el año, con corte informado el 16 de octubre.

¿Qué puede hacer la Asamblea General de la ONU?

Examinar la situación presentada por el Comité y valorar posibles mecanismos de cooperación internacional, dentro de sus atribuciones.

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