¿Trabajas el 16 de septiembre? Esto te deben pagar según la Ley Federal del Trabajo

El 16 de septiembre es descanso obligatorio en México. Si trabajas, la LFT establece el salario del día más un pago doble adicional: en total, el equivalente a tres salarios diarios.

Gabriel Peña · Hace 2 horas
Pago 16 de septiembre 2026: ¿doble o triple?.
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Si te toca trabajar este miércoles 16 de septiembre de 2026, revisa bien tu recibo de nómina: esta fecha es un día de descanso obligatorio en México y quienes laboren tienen derecho a recibir una remuneración adicional.

La Ley Federal del Trabajo (LFT) establece que el 16 de septiembre es descanso obligatorio por la conmemoración de la Independencia de México. Si una persona presta sus servicios ese día, debe recibir, además del salario correspondiente al descanso, un salario doble por el trabajo realizado. En términos prácticos, esto equivale a cobrar tres veces el salario diario por esa jornada. 

La regla no es igual para este martes 15 de septiembre: aunque esta noche se celebra el Grito de Independencia, el 15 no está contemplado como descanso obligatorio por la LFT, por lo que trabajar hoy no genera automáticamente un pago doble o triple. 

Pago 16 de septiembre 2026: ¿doble o triple?.

¿El 16 de septiembre de 2026 es día de descanso obligatorio?

Sí.

El artículo 74 de la Ley Federal del Trabajo incluye expresamente al 16 de septiembre entre los días de descanso obligatorio. PROFEDET también lo contempla en su calendario de descansos obligatorios para 2026. 

En 2026, el Día de la Independencia cae en miércoles.

Esto significa que, en términos laborales, la fecha importante no es la noche del Grito del 15 de septiembre, sino el día siguiente.

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¿Cuánto deben pagarte si trabajas el 16 de septiembre?

Aquí suele existir una confusión entre pago doble y pago triple.

El artículo 75 de la LFT establece que quien trabaje durante un descanso obligatorio tiene derecho a recibir, independientemente del salario que le corresponde por ese día, un salario doble por el servicio prestado

La cuenta queda así:

ConceptoPago
Salario correspondiente al día de descanso100%
Pago adicional por trabajar ese día200%
Total correspondiente a la jornada300%

Por eso se conoce popularmente como pago triple.

No significa que el patrón deba entregar el salario normal más tres salarios adicionales. El total equivale a tres salarios diarios.

Ejemplo: si ganas 500 pesos diarios, ¿cuánto deben pagarte?

Supongamos que tu salario diario es de 500 pesos.

Por tratarse de un descanso obligatorio ya te corresponden esos 500 pesos. Si además trabajas, el artículo 75 establece un pago doble adicional por los servicios prestados.

El cálculo sería:

$500 + $1,000 = $1,500

Por esa jornada, el monto total correspondiente sería de 1,500 pesos.

Otro ejemplo: si ganas 400 pesos diarios, corresponderían 1,200 pesos; con un salario diario de 800 pesos, serían 2,400 pesos.

La fórmula sencilla es:

Salario diario × 3 = pago total correspondiente por trabajar el 16 de septiembre.

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¿El 15 de septiembre también se paga triple?

No, no por el solo hecho de ser 15 de septiembre.

Aunque la ceremonia del Grito se realiza durante la noche del 15, esa fecha no aparece en el artículo 74 de la Ley Federal del Trabajo como descanso obligatorio

Por lo tanto, si una persona trabaja este martes 15 de septiembre dentro de su jornada habitual, la legislación federal no establece automáticamente un pago triple por las Fiestas Patrias.

Una empresa puede conceder el día, reducir horarios u ofrecer prestaciones superiores por contrato o políticas internas, pero eso es distinto al descanso obligatorio establecido por la LFT.

¿Y si trabajo la noche del 15 y mi turno termina el 16?

Aquí importa qué horas efectivamente se laboran el 16 de septiembre y las condiciones concretas de la jornada.

Por ejemplo, una persona puede comenzar un turno durante la noche del 15 y terminar durante la madrugada del 16.

Como la situación puede involucrar jornadas que abarcan dos fechas y condiciones contractuales particulares, si existe una diferencia sobre cómo debe calcularse el pago conviene revisar el recibo, contrato y horario efectivo y solicitar orientación laboral.

PROFEDET proporciona asesoría gratuita a las personas trabajadoras sobre el pago de días de descanso obligatorio. 

¿Todos los trabajadores descansan el 16 de septiembre?

Que sea descanso obligatorio no significa que absolutamente todos los negocios deban permanecer cerrados.

Hay actividades que necesitan continuar operando y el artículo 75 contempla que trabajadores y patrones determinen el número de personas que deberán prestar sus servicios durante esos días; si no llegan a un acuerdo, corresponde resolver al tribunal. 

Lo fundamental es que las personas que efectivamente trabajen tengan derecho a la remuneración establecida por la legislación.

Sectores como restaurantes, hoteles, tiendas, transporte, seguridad, servicios médicos y otras actividades pueden mantener operaciones durante un día festivo.

¿Te pueden obligar a trabajar el 16 de septiembre?

La propia legislación contempla que durante un descanso obligatorio puede ser necesario que determinadas personas presten sus servicios.

El artículo 75 señala que patrones y trabajadores deben determinar cuántos empleados tendrán que trabajar y establece expresamente la remuneración especial correspondiente para quienes lo hagan. 

PROFEDET explica que, previo acuerdo entre trabajador y empleador, si se labora durante alguna de las fechas de descanso obligatorio deberá pagarse lo correspondiente. 

Por ello, las circunstancias concretas pueden depender del puesto, actividad y condiciones de trabajo.

¿Qué pasa si mi empresa me da otro día de descanso?

Dar un descanso posteriormente no debe confundirse automáticamente con el pago previsto por trabajar un día de descanso obligatorio.

La LFT establece específicamente la remuneración de quienes prestan servicios en las fechas contempladas por el artículo 74: salario correspondiente al descanso más un salario doble por el servicio prestado. 

Si una empresa propone sustituir el pago legal con otro esquema y existen dudas sobre si corresponde, el trabajador puede solicitar orientación a PROFEDET.

¿Cuánto tiempo tienes para reclamar si no te pagan?

PROFEDET señala que las personas trabajadoras tienen un año para exigir el pago correspondiente por haber laborado durante un día de descanso obligatorio

Por eso es recomendable conservar recibos de nómina, controles de asistencia, mensajes, horarios o cualquier otro documento que permita acreditar que se trabajó durante la fecha.

¿Dónde denunciar si no te pagan el 16 de septiembre?

Si trabajas este miércoles y posteriormente tu patrón no cubre la remuneración correspondiente, puedes acudir a la Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo (PROFEDET).

La dependencia ofrece orientación y asistencia jurídica gratuita para trabajadores y ha reiterado que puede intervenir cuando no se cubre correctamente el pago por trabajar durante días de descanso obligatorio. 

PROFEDET: días de descanso obligatorio

¿Qué otros días festivos quedan en 2026?

Después del 16 de septiembre todavía quedan descansos obligatorios en el calendario laboral de este año.

El tercer lunes de noviembre, que en 2026 será el 16 de noviembre, corresponde a la conmemoración de la Revolución Mexicana. Posteriormente está el 25 de diciembre, Navidad. 

Si una persona trabaja en cualquiera de esos descansos obligatorios, vuelve a aplicar la regla del artículo 75.

Preguntas frecuentes

¿El 16 de septiembre se paga doble o triple?
El total equivale a triple salario diario: el salario normal correspondiente al descanso más un salario doble adicional por trabajar. 

¿El 15 de septiembre también se paga triple?
No. El 15 de septiembre no es descanso obligatorio conforme al artículo 74 de la LFT. 

¿Si gano 500 pesos diarios cuánto deben pagarme?
El total correspondiente por trabajar el 16 sería de 1,500 pesos.

¿Si gano 1,000 pesos diarios cuánto deben pagarme?
El total correspondiente a esa jornada sería de 3,000 pesos.

¿Qué hago si no me pagan lo correspondiente?
Puedes solicitar orientación gratuita a PROFEDET. La dependencia señala además que tienes un año para exigir el pago por un día de descanso obligatorio trabajado. 

¿El 16 de septiembre se recorre para hacer puente?
No. La LFT establece específicamente el 16 de septiembre como descanso obligatorio; a diferencia de otras conmemoraciones, no lo traslada al lunes. 

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