¿Puedo rentar una casa que compré con crédito Infonavit?
¿Es legal rentar una casa comprada con crédito Infonavit? Conoce qué dicen las reglas del Instituto, si puedes obtener ingresos por el inmueble y qué obligaciones debes seguir cumpliendo.
Comprar una vivienda mediante un crédito del Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores (Infonavit) es uno de los objetivos de millones de mexicanos. Sin embargo, una duda frecuente surge cuando el propietario necesita mudarse por trabajo, cambiar de ciudad o simplemente desea obtener un ingreso adicional.
Entonces, ¿es legal rentar una casa adquirida con crédito Infonavit?
La respuesta es sí, aunque hay aspectos importantes que debes considerar para evitar problemas y seguir cumpliendo con las obligaciones de tu financiamiento.

¿Se puede poner en renta una casa comprada con crédito Infonavit?
En términos generales, sí puedes rentar una vivienda adquirida con un crédito Infonavit.
El Instituto no establece una prohibición general para que el propietario arriende el inmueble una vez que fue adquirido mediante un crédito hipotecario. Sin embargo, esto no elimina las obligaciones del acreditado, quien debe continuar pagando puntualmente su financiamiento hasta liquidarlo.
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¿Qué obligaciones mantiene el propietario?
Aunque la vivienda esté rentada, el titular del crédito sigue siendo responsable de:
- Pagar puntualmente las mensualidades del crédito.
- Conservar la vivienda en buen estado.
- Cubrir impuestos y servicios que le correspondan.
- Cumplir con las condiciones establecidas en el contrato del crédito.
¿Necesito avisarle al Infonavit?
En la mayoría de los créditos hipotecarios tradicionales del Infonavit no existe un trámite específico para pedir autorización por poner la vivienda en renta.
No obstante, si tu crédito forma parte de un programa especial o tienes dudas sobre las condiciones particulares de tu financiamiento, lo recomendable es revisar tu contrato o solicitar orientación directamente al Instituto antes de firmar un contrato de arrendamiento.
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¿La renta ayuda a pagar el crédito?
Sí.
Muchos propietarios utilizan el ingreso obtenido por el arrendamiento para cubrir parte o la totalidad de la mensualidad del crédito Infonavit.
Sin embargo, es importante recordar que el pago al Instituto sigue siendo responsabilidad del acreditado, incluso si el inquilino deja de pagar la renta.

¿Qué pasa si dejo de pagar el crédito?
Rentar la vivienda no modifica las obligaciones del contrato hipotecario.
Si el acreditado deja de cubrir sus pagos, el crédito puede entrar en mora y el Infonavit aplicará los procedimientos previstos para la recuperación del adeudo, independientemente de que la casa esté ocupada por un inquilino.
Recomendaciones antes de rentar tu casa Infonavit
Antes de ofrecer la vivienda en renta, considera lo siguiente:
- Revisa las condiciones de tu contrato de crédito.
- Formaliza el arrendamiento mediante un contrato por escrito.
- Conserva evidencia de los pagos del inquilino.
- Continúa realizando puntualmente los pagos de tu crédito.
- Consulta al Infonavit si tu financiamiento pertenece a un programa con reglas específicas.
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Preguntas frecuentes (FAQ)
¿Es legal rentar una casa comprada con crédito Infonavit?
Sí. En los créditos hipotecarios tradicionales no existe una prohibición general para rentar la vivienda, siempre que el acreditado continúe cumpliendo con las obligaciones de su financiamiento.
¿Tengo que avisarle al Infonavit?
Por regla general no existe un trámite específico para solicitar autorización, aunque es recomendable revisar las condiciones de tu contrato y consultar al Instituto si tienes un esquema de crédito especial.
¿Quién debe seguir pagando el crédito?
El titular del crédito Infonavit, aunque la vivienda esté rentada.
¿Puedo usar la renta para pagar la mensualidad?
Sí. Muchas personas destinan ese ingreso para cubrir el crédito hipotecario.
¿Qué pasa si mi inquilino deja de pagar?
La obligación de pagar el crédito sigue siendo del propietario, por lo que el incumplimiento del inquilino no libera al acreditado de sus pagos.
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